Subastas de pisos embargados por bancos en Madrid

Subastas de viviendas embargadas por bancos en Madrid

¿Quieres pujar por una vivienda embargada por un banco o Hacienda pero te da miedo invertir solo? Nosotros te ayudamos a elegir el inmueble correcto, calcular los gastos, riesgos y la rentabilidad esperada. Evita sorpresas y ahorra hasta la mitad del precio de una vivienda con la ayuda de profesionales que te asesorarán durante todo el proceso. Incluso hacemos las pujas en tu nombre.

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Gestión completa de la subasta inmobiliaria

Gestionamos todos los estudios previos al ingreso del depósito, la ejecución de la subasta, y las actuaciones posteriores con letrado y procurador necesarias con la autoridad gestora una vez obtenido el remate de puja máxima hasta el remate final y la entrega de llaves.

Trabajamos a éxito, es decir, nuestros honorarios serían 0€ en el caso de no obtener la puja máxima.

En qué consisten las subastas de pisos embargados

Las subastas de pisos embargados por bancos permiten adquirir inmuebles a un precio inferior de los que se encuentran en el mercado, especialmente cuando nos encontramos en periodos en las que los precios de las viviendas están al alza.

 

La diferencia entre el precio final puede llegar a ser del 50% si se da con el inmueble correcta y con la puja adecuada.

Ademàs de subastas de pisos, también se publican garajes e incluso vehículos.

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Cómo participar en la subasta de un piso embargado

El proceso de las subastas de pisos embargados se realiza a través de internet, en el propio portal de subastas del BOE. Para participar en la subasta inmobiliaria, debes disponer de un certificado digital para poder registrarte en la plataforma. También puedes realizar el trámite o a través del sistema Cl@ve.

 

Una vez dentro, se puede acceder a los anuncios publicados. La puja se abre en el momento en el que el anuncio está publicado. Para poder pujar, será necesario depositar el 5% del precio.

 

El resultado de la subasta se publica 20 días después del inicio de la subasta. Entonces, el adjudicatario deberá depositar el 95% restante en otro plazo de 20 días. Recuerda que, en caso de rechazar la adjudicación, el depósito no será reembolsado. Por ello, es importante hacer una investigación del inmueble, así como de sus cargas, para no llevarse sorpresas y no poder aceptar el inmueble embargado.